GOBIERNO ESCOLAR 2015

GOBIERNO   ESCOLAR



VÍDEO SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA







¿Qué   ES   EL   GOBIERNO   ESCOLAR?
El Gobierno Escolar es una forma de preparación para la convivencia democrática, por medio de la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa en la organización y funcionamiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI).es el órgano encargado de velar por los derechos y deberes de la comunidad educativa.


¿QUIENES    LO   CONFORMAN?


El Gobierno Escolar está integrado por: 
1.  El Consejo Directivo.
2.  El Rector.
3.  El Consejo Académico.
4.  Las comisiones de Evaluación y Promoción.
5.  El Personero Estudiantil.
6.  El Consejo Estudiantil.
7.  El Comité de Bienestar Institucional
8.  El Consejo Disciplinario
9.  El Consejo de Profesores
10. El
Consejo de Padres  de Familia.  
11. El Comité de Admisiones











ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR

Los estamentos e integrantes que conforman el Gobierno Escolar son:








22   PERSONERIA ESCOLAR  INSTITUCIÓN EDUCATIVA
VILLA FLORA





El personero o personera estudiantil es el encargado de promover los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes y el manual de convivencia.

Ser personero estudiantil significa asumir una forma de participación ciudadana; significa aceptar que los jóvenes disponen de su poder civil para contener los excesos de las autoridades, en particular de las que tienen que ver con su educación. Ser personero escolar implica reconocer que la ciudadanía no es sólo cumplir la mayoría de edad sino llegar a tener conciencia de los derechos y los deberes.

22.1. ORIENTACIONES Y PAUTAS PARA LA ELECCIÓN DEL PERSONERO (A) ESCOLAR
Para la elección del personero o personera escolar de la Institución Educativa Villa Flora, se acoge en todas sus partes a la circular número 000256 del 3 de noviembre de 1.998, emanada de la Secretaría de Educación y Cultura del Departamento de Antioquia y en las directrices que el Municipio de Medellín emane para tal fin.








El personero o personera estudiantil es el encargado de promover los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes y el manual de convivencia.

Ser personero estudiantil significa asumir una forma de participación ciudadana; significa aceptar que los jóvenes disponen de su poder civil para contener los excesos de las autoridades, en particular de las que tienen que ver con su educación. Ser personero escolar implica reconocer que la ciudadanía no es sólo cumplir la mayoría de edad sino llegar a tener conciencia de los derechos y los deberes.








23  CONSEJO DE ESTUDIANTES INSTITUCIÓN EDUCATIVA
VILLA FLORA
Es el máximo órgano de participación de los estudiantes. Estará conformado por un representante de cada uno de los grupos de cuarto y quinto de básica primaria, de básica secundaria y media, además estará el representante de los estudiantes de primero a tercero de básica primaria.

23.1. PROCEDIMIENTOS PARA SU CONFORMACIÓN

23.1.1. En cada uno de los grupos que funcione en la Institución se elegirá un     representante durante el primer mes de clases.
23.1.2. El estudiante a elegir como representante de los alumno(a)s del grupo, será seleccionado entre los que estén matriculados en el grupo correspondiente (decreto 1860 de 1.994)
23.1.3. Los directores de grupo incentivarán a los estudiantes para que elijan a un verdadero líder, capaz de promover el ejercicio de los deberes y derechos de todos los estudiantes
23.1.4. Previa a la elección del representante, el rector(a) convocará a todos los estudiantes matriculados para elección de los representantes de grupo, por el sistema de mayoría simple en cada grupo.

COMO DEBE SER UN REPRESENTANTE DE GRUPO Y QUE VALORES DEBE POSEER
LIDERAZGO







REPRESENTANTE DE GRUPO

22.2.  FUNCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE GRUPO




v  Colaborar con la disciplina dentro y fuera del aula.
v  Servir de mediador en la solución de conflictos presentados entre los compañeros y profesores
v  Motivar a los compañeros para el trabajo académico.
v  Estar atento a las observaciones, sugerencias y otras presentadas en las reuniones del Consejo de estudiantes, dirección de grupo, profesores y directivos con el fin de mejorar la calidad de vida en el aula y en la Institución.
v  Llevar el control diario de asistencia de sus compañeros
v  Velar por el cuidado y mantenimiento de los enseres de su aula
v  Controlar los turnos de aseo y organización del  aula.


PERFIL DEL REPRESENTANTE DE GRUPO


v  El representante de grupo es aquel que:
v  Lidera y está a la cabeza del grupo.
v  Ser líder positivo.
v  Excelente comportamiento
v  Buen rendimiento académico.
v  Gran capacidad para el trabajo en grupo.
v  Ser participativo y comprometido en la toma de decisiones.
v  Buena capacidad de escucha.
v  Empeño en buscar el bienestar del grupo.
v  Claridad en las metas y programas.




ACTIVIDAD
Lina quiere ser la representante en su grupo   Encierra las cualidades  que debe poseer para ser una buena representante. Busca en el diccionario el significado de tres   cualidades    mencionadas aquí




22.3.  FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES

22.3.1.            Elegir al representante de los estudiantes al Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
22.3.2.             Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas para el mejoramiento de la calidad de vida estudiantil.
22.3.3.            Promover conjuntamente con el personero, el cumplimiento de los deberes y los derechos de los estudiantes y organizar foros y deliberaciones democráticas.
22.3.4.             Participar y motivar la participación de los estudiantes en la modificación del manual de convivencia y del Proyecto Educativo Institucional.
22.3.5.             Promover la revocatoria del mandato del personero escolar, cuando obrando en representación de la mayoría de estudiantes de la Institución, considere que no ha cumplido con sus funciones en forma cabal. La revocatoria del mandato será reglamentado por el Consejo Directivo.
22.3.6.            Darse su propia organización interna, mediante un reglamento.



EL  CONTRALOR  ESTUDIANTIL

Es el educando elegido democráticamente por los demás estudiantes matriculados, para representar en la Institución Educativa el perfil de encargo académico frente al ejercicio de control social.

El Contralor Estudiantil  se encargará de velar  por los recursos de la Institución,  garantizando la transparencia, la honestidad, el compromiso, la coherencia, la solidaridad, el respeto y la responsabilidad de la Institución Educativa en su conjunto.






El Contralor Estudiantil actuará como Veedor del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la Institución Educativa a la cual pertenece, incluyendo los del fondo de servicios educativos de la institución, labor que ejercerá orientada por los instrumentos dispuestos por la Contraloría General de Antioquia con e apoyo de la Secretaría de Educación Departamental.


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